Se comunica a estudiantes activos de la Facultad de Veterinaria que entre el 25 de enero y el 25 de mayo de 2021 se les hará contralor de obligación de voto de las Elecciones Nacionales 2019, Balotaje 2019 y Elecciones Departamentales y Municipales 2020.

 

Deben enviar al correo bedeliacontrolvoto@fvet.edu.uy las constancias de voto escaneadaspara quedar habilitados a rendir exámenes o inscriptos a cursos en el presente ejercicio.

  

El plazo máximo de presentación es el 25 de mayo de 2021.

 

En caso de no tener alguna de las referidas constancias pueden descargarlas aquí

 

Los ciudadanos que hayan cumplido dieciocho años de edad antes del último acto electoral y no exhiban sus credenciales con algunos de los sellos previstos en los artículos 4, 5 y 8, o las constancias sustitutivas expedidas por las Juntas Electorales, no podrán: 

A) Otorgar escrituras públicas, salvo testamento y las provenientes de ventas judiciales. En este último caso, la excepción no rige para el comprador. 

B) Cobrar dietas, sueldos, jubilaciones y pensiones de cualquier naturaleza, excepto la alimenticia. 

C) Percibir sumas de dinero que por cualquier concepto les adeude el Estado (Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Municipios, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados). 

D) Ingresar a la Administración Pública. Esta prohibición no será subsanada con el pago de la multa prevista en el artículo 8 de la presente ley. 

E) Inscribirse ni rendir examen ante cualesquiera de las Facultades de la Universidad, ni Institutos Normales, ni Institutos de Profesores. 

F) Obtener pasajes para el exterior de ninguna empresa o compañía de transporte de pasajeros.